Nota Informativa laboral
HUELGA GENERAL 8 DE MARZO
Os informamos que el próximo miércoles 8 de marzo, se ha convocado una huelga general, basada en un conjunto de reivindicaciones laborales, económicas y sociales en defensa de la igualdad de derechos de las mujeres trabajadoras.
LEGALIDAD DE LA HUELGA
La huelga para el 8 de Marzo, ha sido convocada con carácter general y por 24 horas por diferentes organizaciones sindicales (Intersindical, COS y CGT ).
CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO A HUELGA
Con el objetivo de poder actuar adecuadamente, indicamos las principales condiciones que hay que respetar sobre el derecho a huelga:
- El trabajador está en su derecho de hacer huelga.
- El empresario debe abrir normalmente el centro de trabajo, salvo que exista peligro de violencia a las personas o daños graves a las cosas, que hubiera ocupación ilegal del centro o que el volumen de inasistencia fuera tan alto que impidiera el proceso normal de producción.
- La empresa no puede tomar represalias con el trabajador que ejerce su derecho a huelga, por lo que no puede dar lugar a ningún tipo de sanción.
- El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores no vinculados a la empresa.
- Durante la huelga el contrato queda en suspenso, por lo que el trabajador no tendrá derecho a salario. La empresa lo mantendrá en situación asimilada al alta con la no obligación de cotizar.
Barcelona, 1 de Marzo 2023
NOTA INFORMATIVA LABORAL 2/2023
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