Nota Informativa laboral
Huelga General 18 de Octubre de 2019
NOTA INFORMATIVA LABORAL 6/2019
Os recordamos que el próximo viernes 18 de Octubre se ha convocado una huelga general.
1. LEGALIDAD DE LA HUELGA
La huelga para el 18 de Octubre, ha sido convocada con carácter general y por 24 horas por la Intersindical-CSC y la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC).
Está convocada por motivos laborales para reclamar la derogación de la reforma laboral, un salario mínimo de 1.200 € y/o igualdad de género, entre otras cuestiones.
2. CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO A HUELGA
Con el objetivo de poder actuar adecuadamente, indicamos las principales condiciones que hay que respetar sobre el derecho a huelga:
- El trabajador no debe avisar anticipadamente a la empresa si va a hacer huelga.
- La empresa no puede ejercer ningún tipo de presión sobre el trabajador que va a la huelga ni tomar represalias sobre el, por lo que no puede dar lugar a ningún tipo de sanción.
- El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores no vinculados a la empresa.
- Durante la huelga el contrato queda en suspenso, por lo que el trabajador no tendrá derecho a salario. La empresa lo mantendrá en situación asimilada al alta con la no obligación de cotizar.
- Las empresas de prestación de servicios fundamentales para la Comunidad, deben garantizar unos servicios mínimos.
- El empresario puede cerrar el centro de trabajo si existe peligro notorio o violencia para las personas, por graves daños materiales o por la inexistencia de trabajadores que impidan el proceso normal de producción.
Barcelona, 16 de Octubre 2019
NOTA INFORMATIVA LABORAL 6/2019
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