Nota Informativa laboral
Huelga feminista 8 de Marzo
NOTA INFORMATIVA LABORAL 3/2019
Os recordamos que el próximo viernes 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, se ha convocado, por segundo año consecutivo, una huelga feminista.
1. LEGALIDAD DE LA HUELGA
La huelga para el 8 de Marzo, ha sido convocada con carácter general y por 24 horas por diferentes organizaciones sindicales (entre ellas SINDI.CAT ó Intersindical). Por otro lado, los sindicatos mayoritarios, es decir CCOO y UGT, se han limitado a convocar paros parciales de 2 horas en cada turno.
A este respecto, es importe aclarar, que las dos opciones están legalmente convocadas, por lo que cada trabajadora puede sumarse a la opción que elija.
2. CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO A HUELGA
Con el objetivo de poder actuar adecuadamente, indicamos las principales condiciones que hay que respetar sobre el derecho a huelga:
- El trabajador no debe avisar anticipadamente a la empresa si va a hacer huelga.
- La empresa no puede tomar represalias con el trabajador que ejerce su derecho a huelga, por lo que no puede dar lugar a ningún tipo de sanción.
- El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores no vinculados a la empresa.
- Durante la huelga el contrato queda en suspenso, por lo que el trabajador no tendrá derecho a salario. La empresa lo mantendrá en situación asimilada al alta con la no obligación de cotizar.
Barcelona, 6 de Marzo 2019
NOTA INFORMATIVA LABORAL 3/2019
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