Nota Informativa laboral
REAL DECRETO-LEY, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA LABORAL, LA GARANTÍA DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y LA TRANSFORMACIÓN DEL MERCADO DE TRABAJO
NOTA INFORMATIVA LABORAL 1/2022
Con la aprobación del presente real decreto-ley, se pretende introducir en la legislación española nuevas medidas para hacer efectivas cuatro reformas, relativas a la simplificación de contratos, modernización de la negociación colectiva, modernización de la contratación y subcontratación de actividades empresariales y el establecimiento de un mecanismo permanente de flexibilidad y estabilización del empleo.
I – MEDIDAS RELATIVAS A LA MODERNIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN DE LAS MODALIDADES DE CONTRATACION
- Se establece un contrato formativo con dos modalidades:
- El contrato de formación en alternancia
- El contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios.
- Se precisan las causas que justifican la contratación de duración determinada y se establecen nuevas reglas sobre la concatenación de contratos:
- Desaparecen los contratos por obra o servicio determinado.
- Únicamente se pueden contratos temporales por circunstancias de la producción o por sustitución de una persona trabajadora.
- Desaparece la distinción entre los contratos fijos-discontinuos y los contratos fijos periódicos.
II – MEDIDAS RELATIVAS A LA MODERNIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE OBRAS O SERVICIOS.
La externalización debe justificarse en razones empresariales ajenas a la reducción de las condiciones laborales de las personas trabajadoras de las empresas contratistas.
III – MEDIDAS RELATIVAS A LA MODERNIZACIÓN DE LAS MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD INTERNA
- Ayudar a los padres que se han de quedar en casa a cuidar de sus hijos como consecuencia de cierre de escuelas y sin posibilidad de tele trabajo, con una compensación de ingresos a través de una prestación a cargo de la Seguridad Social.
- Moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social en tres mensualidades consecutivas, en aquellas zonas geográficas que se considere necesario y que serán identificados mediante una Orden Ministerial.
Barcelona, 5 de Enero 2022
NOTA INFORMATIVA LABORAL 1/2022
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