Nota Informativa laboral
Huelga General 21 de Febrero de 2019
NOTA INFORMATIVA LABORAL 2/2019
El próximo jueves 21 de Febrero de 2019 se ha convocado una huelga general en todo el ámbito del territorio de Cataluña, desde las 0.00 horas hasta las 24.00 horas del mismo día.
1. LEGALIDAD DE LA HUELGA
La huelga ha sido convocada por CSC Intersindical.
2. CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO A HUELGA
Con el objetivo de poder actuar adecuadamente, indicamos las principales condiciones que hay que respetar sobre el derecho a huelga:
- El trabajador no debe avisar anticipadamente a la empresa si va a hacer huelga.
- Todo trabajador está amparado por la Ley para adherirse a la huelga, por lo que si ejercitan su derecho no puede dar lugar a ningún tipo de sanción.
- El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores no vinculados a la empresa.
- Durante la huelga el contrato queda en suspenso, por lo que el trabajador no tendrá derecho a salario. La empresa lo mantendrá en situación asimilada al alta con la no obligación de cotizar.
- Las empresas encargadas de la prestación de un servicio esencial, deben garantizar unos servicios mínimos.
- El empresario puede cerrar el centro de trabajo en caso de peligro notorio para las personas o graves daños materiales, por riesgo de ocupación ilegal o por no poder realizar el proceso normal de producción.
Barcelona, 19 de Febrero 2019
NOTA INFORMATIVA LABORAL 2/2019
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